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Contratados del Gobierno Regional en manos de comisión de alto nivel

Publicado: 2010-12-03

Diario El Tiempo - Piura 

Hasta el 31 de diciembre más de 400 trabajadores contratados del Gobierno Regional, bajo la  modalidad CAS (Contratación por Administración de Servicios) deben dejar de laborar porque la norma que los rige así lo indica. Pero tras la aprobación de la Ordenanza Regional No 671, se les abre la posibilidad de mantener el vínculo laboral durante la nueva administración regional.

El argumento principal de los trabajadores, reunidos en el Sindicato Progresista, es la antigüedad del servicio que prestan. Señalan que hay trabajadores con más de 15 años trabajando en la entidad regional que antes fueron contratados bajo la modalidad SNP (Servicios No Personales), pero en el 2008 pasaron a ser trabajadores CAS.

Como se sabe la mayor parte de este grupo de servidores ingresaron a trabajar con la administración aprista que está por culminar sus ocho años de gobierno.

Comisión

Por ello, la ordenanza regional, en mención, declara “de interés institucional el reconocimiento, protección y promoción de los derechos laborales que pudieran asistir a los servidores, que luego de haber brindado servicios en la modalidad de servicios no personales se sujetaron al régimen de Contrato Administrativo de Servicios”.

Pero también dispone que sea una Comisión de Alto Nivel, la que en un plazo de siete días, elabore un Informe en el que determine los derechos laborales que deben ser objeto de reconocimiento y protección por parte de todas las dependencias del Gobierno Regional. El informe deberá indicar “las condiciones, limitaciones e implicancias del reconocimiento y tutela de los derechos laborales constitucionales que hubieran adquirido los mencionados servidores”.

Ley

En su oportunidad, el vicepresidente regional, Maximiliano Ruiz, advirtió que sobre el tema, la ley es clara y se debe cumplir y si el Consejo Regional aprobaba una ordenanza regional con el fin de esquivar la ley tendrá que asumir las consecuencias. Además, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, del Gobierno Regional, advirtió que la ley CAS señala claramente que estos trabajadores no están sujetos a la Ley 276 y además no hay presupuesto para afrontar esta planilla.

ASÍ QUEDÓ LA ORDENANZA REGIONAL 671

ARTÍCULO PRIMERO.- Declárese de interés institucional el reconocimiento, protección y promoción de los derechos laborales que pudieren asistirle a los servidores que luego de haber brindado servicios en la modalidad de servicios no personales se sujetaron al régimen de Contrato Administrativo de Servicios. 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Recomendar a Presidencia Regional constituir una Comisión de Alto Nivel para que en el plazo de siete días elabore un informe en el que determine los derechos laborales que deben ser objeto de reconocimiento y protección por parte de todas las dependencias del Gobierno Regional. Esta Comisión deberá remitir el informe al Pleno del Consejo Regional y a la Presidencia Regional, indicando las condiciones, limitaciones e implicancias del reconocimiento y tutela de los derechos laborales constitucionales que hubieren adquirido los mencionados servidores.

DATO

La Comisión de Alto Nivel estará conformada por :

* El Gerente General Regional, quien la presidirá. 

* El Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica.

* El Jefe de la Oficina Regional de Administración.

* El Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

* Un representante de los trabajadores de la organización sindical peticionante. 

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